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Paradas de taxis en rutas nacionales desatan caos vehicular y violan leyes de tránsito

La proliferación de paradas de taxis en intersecciones de alto flujo vehicular ha pasado de ser una comodidad para los pasajeros a convertirse en un serio obstáculo para la movilidad urbana. Diversas denuncias ciudadanas, respaldadas por imágenes de arterias principales, señalan que estas estructuras no solo entorpecen el paso, sino que operan en abierta contravención a las normativas de seguridad vial.

RUTA PY07 – SEMÁFORO ÁREA 4 – CDE

En muchos puntos estratégicos de la ciudad, las paradas de taxis han sido instaladas a escasos metros de los semáforos o directamente sobre carriles de giro. Esta situación genera un efecto embudo: los vehículos particulares y el transporte público deben realizar maniobras evasivas para esquivar a los taxis estacionados, lo que aumenta exponencialmente el riesgo de colisiones laterales y atropellos.

La imagen captada recientemente en la zona del área 4 de Ciudad del Este muestra cómo la estructura de la parada de taxi obstruye el giro a la derecha, ocasionando largas filas y congestión vehicular.


Marco Legal: ¿Qué dice la Ley de Tránsito?

La ocupación de estos espacios no es solo un problema, es una infracción legal. Según la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, se establecen prohibiciones claras que estas paradas suelen ignorar:

  • Obstaculización del tránsito: El Artículo 59 prohíbe cualquier estacionamiento que impida la visibilidad o el libre desplazamiento.
  • Distancia de las esquinas: La normativa técnica internacional y local prohíbe estacionar a menos de 5 metros de las bocacalles para garantizar el radio de giro de los vehículos.
  • Si la parada está instalada sobre la calzada o banquina de una ruta:
  • Viola la Ley 5016/14 por obstruir la fluidez y seguridad vial.
  • Incumple las especificaciones técnicas del MOPC sobre el uso de la faja de dominio.
  • Constituye un peligro de accidente de tránsito, lo cual es una responsabilidad civil y penal para quienes autorizaron dicha parada.

«Las paradas son concesiones municipales, pero ninguna ordenanza puede estar por encima de la seguridad vial nacional. El derecho al trabajo de los taxistas no puede vulnerar el derecho al libre tránsito de miles de ciudadanos», afirma un experto en urbanismo consultado.

Fuente. Redacción

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