Economista afirma que aumento de salario mínimo “no es suficiente” para recuperar poder adquisitivo

Rodrigo Ibarrola, investigador asociado del Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya (Cadep), analizó el aumento del 5% del salario mínimo decretado por Santiago Peña y lo consideró insuficiente para recuperar el poder adquisitivo del asalariado.

Rodrigo Ibarrola

El aumento del salario mínimo del 5% decretado por el presidente de la República, Santiago Peña, no influirá mucho en el incremento de precios y en el empleo formal, según el análisis del economista Rodrigo Ibarrola, investigador asociado del Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya (Cadep).

En comunicación con radio Monumental 1080 AM, señaló que el mandatario se quedó en un punto medio entre las pretensiones del sector empresarial y de los trabajadores, calificando de insuficiente el aumento.

“El incremento creo que es insuficiente para recuperar el poder adquisitivo de los asalariados, que vienen teniendo un estancamiento en su poder adquisitivo hace tiempo”, explicó.

En una entrevista con Última Hora, Ibarrola ya había advertido que la economía nacional registra una significativa y sostenida expansión, además de una mayor productividad, pero esto no se traduce en mejoras para todos los ciudadanos.

En ese sentido, cuestionó que el poder adquisitivo de los asalariados no esté creciendo al menos parcialmente, a medida que aumentan ambos indicadores.

“La productividad laboral, en este caso, es el ingreso que genera cada trabajador por hora de trabajo. El aumento de esta variable, en conjunto con el capital y tecnología, es lo que hace que el producto interno bruto (PIB) real crezca año a año. Actualmente, vemos que el PIB crece, así como también la productividad laboral, pero el poder adquisitivo de los salarios permanece invariable”, alertó.

El decreto firmado por el presidente Peña establece el salario mínimo legal vigente para actividades diversas no especificadas, a partir del 1 de julio de 2026, en la suma de guaraníes tres millones cuarenta y cuatro mil (G. 3.044.000), y el jornal mínimo en la suma de guaraníes ciento diecisiete mil setenta y siete (G. 117.077).

Fuente. UH